La reforma procesal penal ya implementada hace más de 10 años en nuestro país, trajo aparejada una serie de cambios y novedades que a través del tiempo se han ido ajustando a las necesidades y criterios impartidos por nuestros Tribunales de Justicia.
Una de las medidas más polémicas e “injustas” es la prisión preventiva, medida cautelar que obliga a una persona que es investigada por su supuesta participación en un delito ha pasar en la cárcel, junto a otros imputados y en muchos casos condenados, produciéndose una contaminación criminógena y una marca en sus vidas imborrable.
¿Pero por qué señalamos que es injusta? Evidentemente la persona confesa de asesinar a otra o de robar a otra sin ninguna causal de justificación sería complejo tildar dicha medida de injusta, pero lamentablemente cada día casos contarios a éste, es decir, personas inocentes sometidas a esta medida cautelar van en aumento en nuestro sistema penal.
Según datos de la Defensoría Penal Pública el último año 2800 personas fueron sometidas a prisión preventiva para luego ser declaradas inocentes, constituyéndose como una de las ciudades más emblemáticas la de Valparaíso quien solo en el primer semestre de 2017 registró 300 personas inocentes que tuvieron que soportar esta medida.
El número va en aumento cuando además contabilizamos la serie de individuos que son encarcelados preventivamente sin considerar el principio de proporcionalidad que establece el Código Procesal Penal, personas quienes en definitiva si bien pueden ser consideradas culpables de ciertos delitos son beneficiarias de otros medios de cumplimiento de pena menos gravoso, resultado por ende la prisión preventiva una desproporción y un agravio a sus derechos consagrados en la Ley.
Tener inocentes presos contribuye a empeorar el hacinamiento en las cárceles y eleva innecesariamente los gastos para su mantención. Además, genera un impacto personal y familiar que termina afectando a la sociedad
Casos emblemáticos hay muchos, por ejemplo el reciente de los comuneros mapuches en la denominada “Operación Huracán” quienes fueron encarcelados durante 25 días si pruebas suficientes más que unos mensajes de whatsapp, ante lo cual el mismísimo Presidente de la Corte Suprema don Hugo Dolmestch se ha pronunciado, señalando que la misma debería tener un límite temporal que no pase de los 6 meses, señalando que se trata de un sistema garantista, donde prima el principio de inocencia, pero sigue siendo un proceso que está todavía en adaptación.
Culturalmente, en Chile, las personas cuando han sido víctimas de algún delito, creen que la única solución es la cárcel, por esta razón cuando los jueces se apegan a los principios y las leyes como corresponde y dejan en libertad a personas imputadas por algún delito, la ciudadanía comienza a reclamar sobre la famosa puerta giratoria, entonces es ahí cuando los jueces han ido apretando más la mano y concediendo en mayor medida la prisión preventiva, provocando en muchos casos que inocentes sufran una suerte de pena anticipada, la cual solo debería aplicarse como última medida y en casos realmente justificados.
Somos un estudio de abogados, cuya labor es la representación de nuestros distinguidos clientes en todas las etapas de los juicios encomendados, manteniendo un contacto permanente y directo con ellos, planificando estrategias conjuntas a fin de obtener los objetivos legales trazados.
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